AltoDirectivo
Nomo, la plataforma que integra los servicios financieros y herramientas de gestión de negocio de pymes, autónomos y freelancers, ha lanzado su nueva guía "Todo lo que debes saber sobre el Impuesto de Sociedades".
El Impuesto sobre Sociedades es uno de los más complejos de tramitar, ya que la cuantía a pagar depende del tipo de empresa o entidad y de los beneficios obtenidos en el ejercicio e incluso en ejercicios anteriores. Además, pymes y empresas deben presentarlo incluso si no han desarrollado actividad o no han obtenido beneficios.
Esta complejidad convierte a la guía de Nomo en un imprescindible para ayudar a las pymes a presentar el Impuesto sobre Sociedades de 2020. La campaña para presentarlo empieza hoy 1 de julio y se cierra el próximo 25 de julio. Se puede tramitar de forma telemática a través de la página web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es) con el certificado digital, DNI digital o con la clave PIN.
El Impuesto sobre Sociedades es un tributo ineludible para las pymes y empresas. Este impuesto grava sobre los beneficios obtenidos en un año de ejercicio, aunque es obligatorio incluso si no se ha tenido actividad o beneficio en el ejercicio a tributar. Así pues, incluso las empresas y negocios afectados por el cierre obligatorio por las restricciones de la pandemia en 2020 deberán presentar el Impuesto sobre Sociedades.
El Impuesto sobre Sociedades afecta a personas jurídicas, por lo que pymes y empresas están obligadas a presentarlo, además de sociedades civiles, asociaciones y fundaciones con objeto mercantil.
También deben presentarlo algunas entidades que no tienen personalidad jurídica como Uniones temporales de empresas (UTE), fondos de pensiones, de capital-riesgo o comunidades de titulares de montes vecinales en mano común, entre muchos otros.
Están exentos de presentar el Impuesto sobre Sociedades los entes sin personalidad jurídica como entidades sin ánimo de lucro, organizaciones no gubernamentales, colegios profesionales, sindicatos o patronales, entre otros.
La cuantía final del Impuesto sobre Sociedades depende de la base imponible y del tipo impositivo. La base imponible es la diferencia entre ingresos y gastos en un ejercicio, y se deben aplicar también correcciones o ajustes extracontables.
La base imponible del ejercicio deberá multiplicarse por el tipo impositivo marcado por la Agencia Tributaria según el tipo de entidad. El tipo general es del 25% y afecta a microempresas, entidades de reducida dimensión, cooperativas de crédito y cajas rurales, entre otras. Las sociedades de nueva creación cuentan con un tipo impositivo del 15% el primer y el segundo ejercicio. Para otras empresas y entidades, el tipo impositivo puede variar entre un 1% y un 30%.
El Impuesto sobre Sociedades se articula con el Modelo 200 para empresas y el Modelo 220 para grupos de sociedades. En ambos casos es imprescindible haber presentado durante el año autoliquidaciones que deben entenderse como un anticipo al importe final a pagar.
Todas las entidades con obligación de presentar el Impuesto sobre Sociedades deben llevar al día los libros contables diarios, de inventario y cuentas anuales y los societarios.
*Si te ha resultado interesante este artículo, te animamos a seguirnos en TWITTER y a suscribirte a nuestra NEWSLETTER DIARIA.
Alto Directivo